miércoles, 17 de septiembre de 2025

ASAMBLEAS


SUPERVISIÓN DE EDUCACIÓN SECUNDARIA ALLEN Y FERNÁNDEZ ORO 

 

     Asambleas de Interinatos y Suplencias 2026

 Próxima asamblea  7 de abril


Inicio 9 hs.  

El/la supervisor/a considerará tres (3) minutos como tiempo de espera para la respuesta ACEPTAR o RECHAZAR
la designación. Res. 3237/24

   

     Resolución 3237 /2024 Asambleas 

    (leer Atte)

 

Por cada asamblea se genera un QR este permite manifestar su asistencia, en caso de no poder acreditar la asistencia se puede identificar ante la mesa de designaciones  mostrando  DNI/ Poder. y DDJJ firmada por el docente.

 Se inicia la asamblea con el ofrecimiento de cargos

 

Las vacantes  de cada escuela, turnos, horarios y origen se visualizan por tramites y consultas - se ingresa con el usuario personal - asamblea de interinatos y suplencias  "ingresar a una asamblea". Al ingresar a una asamblea se despliegan las escuelas que tienen vacantes publicadas


Documentación obligatoria para participar de Asambleas

Las asambleas se realizan cumpliendo lo establecido en las  Resoluciones vigentes.

DOCENTE: DNI / DDJJ de CARGOS y ACTIVIDADES – Completa  – actualizada y firmada por el docente. Las DDJJ Virtuales permiten hacer observaciones lo cual es recomendable en casos de que ya posean cargos, o sea necesario realizar algún tipo de aclaración sobre el cargo que se postula o la carga horaria que ya se posee- Si posee actividad privada es necesario que lo declare con dias y horarios. 

La DDJJ de CARGOS y ACTIVIDADES a los fienes de tomar horas/ cargos no requiere las firmas de cada una de las escuelas, si es necesario la firma original del docente que va a tomar horas/cargo. (Formato Papel)

Las DDJJ Virtuales se muestra en el sistema con la diagramación que se cargo en el establecimiento donde se desempeña.

PODER:  DNI / DDJJ de CARGOS y ACTIVIDADES – Completa - con horarios – actualizados y firmada por docente que autoriza y autoridad de Educación.


 

Compatibilidades


RESOLUCIÓN 1080/92 (T.O Res. 100/95)

Régimen único de Interinatos y Suplencias

 

CAPITULO V

 

NORMAS COMUNES A TODAS LAS DESIGNACIONES SIN DISTINCIÓN DE JERARQUÍAS

 

Art. 38.- Cuando por dificultades de horarios u otras razones debidamente fundadas no le fuese posible al aspirante aceptar el interinato o la suplencia, o se viese precisado a dejar el cargo o cátedra por tales causas, deberá renunciar por escrito, conservando el derecho para una próxima oportunidad que le correspondiere en virtud del presente régimen.

 

El aspirante que sin causa debidamente fundada rechace la designación o renuncie al cargo o cátedra que desempeña pasará a ocupar el último lugar de la nómina que corresponde a su título o función y no podrá ser designado nuevamente hasta agotarse dicha nómina.

 

En caso de reincidencia quedará inhabilitado para desempeñarse en los interinatos y suplencias que se produzcan en el resto del curso escolar.

 

 


 

 















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