Supervisión Educación Secundaria
Allen y General Fernández Oro
Asambleas de Interinatos y Suplencias 2025
próxima:
Gregorio Maza 323 -Bº Tiro Federal
8:30 Hs.
Se realizara en paralelo el otorgamiento de cargos y materias de las especialidades técnicas / especificas
ASAMBLEAS BIMODAL:
Resolución 3237 /2024 Asambleas Bimodales
(leer Atte) SES Allen
TIEMPO DE CONFIRMACIÓN 3" MINUTOS
Por cada asamblea se genera un QR este permite manifestar su asistencia, en caso de no poder acreditar la asistencia se puede identificar ante la mesa de designaciones mostrando DNI/ Poder. y DDJJ firmada por el docente.
Se inicia la asamblea con el ofrecimiento de cargos
- Secretario - Pro-secretario - Preceptor- -M.E.P. - E.T.A.P. - Bibliotecario - Ayudantes de Clases - R.E.V.E.
- DECLARACION JURADA DE CARGOS Y ACTIVIDADES formulario para descargar
- PODER Res.3653 formulario para descargar
- LA DECLARACIÓN JURADA DEBE ESTAR COMPLETA Y ACTUALIZADA.
- INDICAR ESTABLECIMIENTO - HORARIOS - ID-
- SI TIENE ACTIVIDAD PRIVADA TAMBIÉN DEBE DETALLAR HORARIOS EN LOS QUE EJERCE.
Las vacantes de cada escuela, turnos, horarios y origen se visualizan por tramites y consultas - se ingresa con el usuario personal - asamblea de interinatos y suplencias - +ingresar a una asamblea. Al ingresar a una asamblea se despliegan las escuelas que tienen vacantes publicadas
Documentación obligatoria para participar de Asambleas
Las asambleas se realizan cumpliendo lo establecido en las Resoluciones vigentes.
DOCENTE: DNI / DDJJ de CARGOS y ACTIVIDADES – Completa – actualizada y firmada por el docente.
PODER: DNI / DDJJ de CARGOS y ACTIVIDADES – Completa - con horarios – actualizados y firmada por docente que autoriza y autoridad de Educación.
La DDJJ de CARGOS y ACTIVIDADES no requiere las firmas de cada una de las escuelas, si es necesario la firma original del docente que va a tomar horas/cargo.
RESOLUCIÓN 1080/92 (T.O Res. 100/95)
Régimen único de Interinatos y Suplencias
CAPITULO V
NORMAS COMUNES A TODAS LAS DESIGNACIONES SIN DISTINCIÓN DE JERARQUÍAS
Art. 38.- Cuando por dificultades de horarios u otras debidamente fundadas no le fuese posible al aspirante aceptar el interinato o la suplencia, o se viese precisado a dejar el cargo o cátedra por tales causas, deberá renunciar por escrito, conservando el derecho para una próxima oportunidad que le correspondiere en virtud del presente régimen.
El aspirante que sin causa debidamente fundada rechace la designación o renuncie al cargo o cátedra que desempeña pasará a ocupar el último lugar de la nómina que corresponde a su título o función y no podrá ser designado nuevamente hasta agotarse dicha nómina.
En caso de reincidencia quedará inhabilitado para desempeñarse en los interinatos y suplencias que se produzcan en el resto del curso escolar.